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s谩bado, 9 de mayo de 2020

馃悧 Desarrollo Rural y Medio Ambiente ampl铆a la autorizaci贸n para el control de conejos y jabal铆es a cazadores con licencia en vigor y permiso de la persona responsable de gesti贸n del coto

Fuente 馃憠馃徎 https://www.navarra.es/es/noticias/2020/05/07/desarrollo-rural-y-medio-ambiente-amplia-la-autorizacion-para-el-control-de-conejos-y-jabalies-a-cazadores-con-licencia-en-vigor-y-permiso-de-la-persona-responsable-de-gestion-del-coto

El objetivo es minimizar los posibles da帽os en el inicio de la siembra de determinados cultivos, as铆 como los riesgos sanitarios asociados

El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente ha ampliado la autorizaci贸n para el control de conejos y jabal铆es a cazadoras y cazadores con licencia en vigor y permiso de la persona responsable de gesti贸n del coto, seg煤n se recoge en una resoluci贸n aprobada del director general de Medio Ambiente, Pablo Mu帽oz.

El objetivo de esta medida es minimizar los posibles da帽os en el inicio de la siembra de cultivos como el ma铆z o determinadas hort铆colas, en un contexto de estado de alarma motivado por la crisis del coronavirus, donde este control de fauna cineg茅tica se considera especialmente necesario para proteger a sectores esenciales para el abastecimiento de alimento a la poblaci贸n. En el caso del jabal铆, este control tiene como objetivo minimizar tambi茅n los riesgos sanitarios asociados a la sobrepoblaci贸n esta especie.

Procedimiento

Para el correcto desarrollo de esta medida, las y los cazadores deber谩n cumplir una serie de requisitos, como contar con licencia de caza en vigor y permiso del responsable de gesti贸n del coto para el control de conejo y jabal铆 en el 谩mbito del coto correspondiente (entre las y los cazadores autorizados podr谩 aceptarse a agricultoras, agricultores y/o ganaderas y ganaderos, personas  arrendatarias o personal empleado de explotaciones agropecuarias, incluidas en el coto que cumplan las condiciones anteriores.

Adem谩s, cazadoras y cazadores deber谩n residir actualmente en el acotado o en los municipios lim铆trofes; deber谩n llevar un certificado emitido por el responsable de gesti贸n del coto, tanto en el desplazamiento como durante el desarrollo de la actividad; cumplir las normas de higiene y salubridad establecidas por las autoridades sanitarias, y portar en todo momento la licencia de caza, la documentaci贸n del arma y el resto de documentaci贸n cineg茅tica reglamentaria.

Asimismo, para que esta resoluci贸n sea efectiva, su ejecuci贸n deber谩 estar coordinada por un guarda de caza de Navarra del acotado con su documentaci贸n acreditativa.
Para el caso del conejo, en cotos que no dispongan de un programa de prevenci贸n de da帽os aprobado, se autoriza el control mediante hur贸n y redes o mediante escopetas con o sin ayuda de hurones en esperas en madrigueras. Las y los participantes en estas modalidades ejercer谩n la actividad con una distancia de al menos 2 metros entre s铆, y los conejos capturados ser谩n sacrificados “in situ”.

Respecto al jabal铆, se autoriza el control mediante esperas crepusculares y nocturnas con rifle o escopeta, mediante el empleo del foco 煤nicamente en el momento del disparo, y donde se permite el uso de atrayentes olorosos impregnados en una superficie nunca superior a 10x10 cm. Por motivos de seguridad, los puestos deber谩n estar elevados sobre el suelo, de forma que la trayectoria del proyectil finalice en el propio terreno. En este caso, la persona que ejecute el control avisar谩 con 24 horas de antelaci贸n al desarrollo de la actividad al Guarder铆o de la Demarcaci贸n / Basozainak.

Notificaci贸n

Adem谩s de los requisitos anteriormente indicados, y excepto para el control del conejo en cotos con un programa de prevenci贸n de da帽os aprobado, la persona responsable de gesti贸n del coto deber谩 notificar por escrito al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, con una antelaci贸n m铆nima de 5 d铆as naturales al inicio de la actividad, un modelo de declaraci贸n responsable indicando, entre otros datos, los de la explotaci贸n afectada, las especies a controlar o la fecha de inicio y finalizaci贸n del control.

La persona responsable de gesti贸n del coto deber谩 tambi茅n presentar, en el plazo de 15 d铆as naturales desde la finalizaci贸n del control, una ficha-memoria ante el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en la que se especifiquen los resultados obtenidos y las circunstancias de inter茅s que se hayan producido.

Cuarto paso

Esta resoluci贸n es un paso m谩s tomado por la Direcci贸n General de Medio Ambiente para incrementar las medidas de control de las especies cineg茅ticas que provocan da帽os en la agricultura y la ganader铆a.

Cabe recordar que el 24 de marzo se emiti贸 una primera resoluci贸n autorizando a los guardas de los cotos a realizar ese control, y que el 31 de marzo se ampli贸 dicha autorizaci贸n a actuaciones puntuales de la Polic铆a Foral, siempre que la situaci贸n lo requiriese y hubiera disponibilidad de agentes del Equipo de Control de Animales. Polic铆a Foral no ha realizado ninguna intervenci贸n en este sentido.

Con la tercera medida autorizada, el 17 de abril, se permiti贸 a las y los agricultores y ganaderos con licencia de caza en vigor ejercer dichos controles en sus explotaciones.
Esta cuarta resoluci贸n, que ampl铆a la autorizaci贸n a cazadoras y cazadores con licencia en vigor y permiso de la persona responsable de la gesti贸n del coto, se ha adoptado teniendo en cuenta el cambio de situaci贸n respecto al mes anterior, tanto de los cultivos, como de las especies cineg茅ticas y del propio proceso de desescalada. Con ese mismo criterio, esta resoluci贸n no es 贸bice para que en el futuro se puedan ir adoptando nuevas medidas en consonancia con la situaci贸n, y siempre dentro de los par谩metros que permita la normativa vigente durante el estado de alarma.