Convocatoria Programa MOVES
para Proyectos Singulares según Orden TEC/752/2019, de 8 de julio que regula
las bases del Programa de ayudas a proyectos singulares en materia de movilidad
sostenible. Este programa será gestionado por el IDAE.
Beneficiarios:
1.- Para los Proyectos singulares en
entornos urbanos, podrán ser beneficiarios:
Diputaciones, Cabildos o Consells
Insulares, Comarcas, Ayuntamientos, la Administración Autonómica y el Sector
Público Institucional, Consorcios o Agrupaciones público-privadas con
competencia en movilidad urbana y Entidades operadoras y/o gestoras de
transporte urbano y metropolitano.
2.- Para los Proyectos singulares de
innovación podrán ser beneficiarios:
La Administración Autonómica y el Sector
Público Institucional, Universidades y Centros Privados de Investigación y
Desarrollo sin ánimo de lucro y todo tipo de empresa (Micro, Pequeña, Mediana y
Gran Empresa).
Actuaciones subvencionables:
Proyectos Singulares que contemplen alguna de
las siguientes actuaciones contempladas en un Plan de Movilidad Urbana
Sostenible (PMUS) o un Plan Director o Plan Estratégico de movilidad:
- Promoción de la movilidad peatonal.
- Implantación de Plan Director de la Bicicleta para Movilidad
Obligada
- Fomento del Camino Escolar.
- Nueva Política de aparcamiento.
- Promoción y actuaciones en Transporte público.
- Promoción del Uso Compartido del Coche.
- Reordenación y Diseño Urbano.
- Actuaciones para promover la movilidad sostenible de última
milla.
- Campañas de
concienciación en movilidad sostenible, que acompañen a las actuaciones
objeto de la ayuda.
Proyectos singulares de Innovación: proyectos
de desarrollo tecnológico y desarrollos experimentales (proyectos piloto,
prototipos, productos o servicios nuevos o mejorados) en alguna de las áreas
descritas en el Anexo III.B.
Porcentaje e importes máximos:
La ayuda para proyectos singulares en entornos
urbanos será del 50% de los costes subvencionables (IVA o IGIC no incluido)
salvo para aquellas entidades con actividad comercial o mercantil en cuyo caso
las ayudas será del 40%.
Las ayudas para los proyectos singulares
innovadores, incluidos proyectos piloto y de demostración, será del 25% de los
costes subvencionables (IVA o IGIC no incluido). Se podrá incrementar en 10
puntos porcentuales para medianas empresas y en 20 puntos porcentuales en el
caso de micro y pequeñas empresas y aquellas entidades sin actividad comercial
ni mercantil.
El límite máximo de ayuda por proyecto o
beneficiario es de 3 millones de euros.
Plazo de presentación:
Las solicitudes de ayuda podrán cursarse a
partir del momento que indique la convocatoria que publique IDAE, en la forma
que en ella se establezca y que previsiblemente será en septiembre de 2019.
Compatibilidad
o incompatibilidad.
Estas ayudas serán compatibles con otras ayudas
concedidas, para la misma finalidad, por cualesquiera Administraciones públicas
u organismos o entes públicos, nacionales o internacionales, siempre que no se
supere el coste de la actividad subvencionada y se cumplan las dos condiciones
siguientes:
Que, de forma acumulada, no se superen los
límites establecidos por el Reglamento (UE) n.º 651/2014, de la Comisión, de 17
de junio de 2014.
2) Que las ayudas otorgadas por las otras Administraciones, para
la misma actuación, no cuenten con cofinanciación de Fondos Europeos.
Resumen IDAE
Bases