El ISPLN actualiza las obligaciones y recomendaciones y repartirá más de un millar de carteles informativos para llegar a estas instalaciones y a 11 zonas de baño naturales
20/06/2020
Fuente 👉🏻 https://www.navarra.es/es/noticias/2020/06/20/mas-de-320-piscinas-de-uso-publico-y-comunitario-se-regiran-por-las-normas-del-instituto-de-salud-publica-y-laboral-de-navarra
El Instituto de Salud Pública y Laboral
de Navarra (ISPLN/NOPLOI) ha actualizado las obligaciones y recomendaciones
para el uso, en la Nueva Normalidad y en condiciones de seguridad para las
personas usuarias, de las piscinas y zonas de baño del censo oficial. El número
de instalaciones afectadas es de 11 zonas de baño naturales y de 327 piscinas:
257 de uso público (municipales, de sociedades, hoteles o campings) y el resto
de uso privado, pertenecientes a comunidades de vecinos. Las actualizaciones,
que tienen en cuenta la evolución de la pandemia de COVID-19 y las últimas
recomendaciones de las autoridades sanitarias, se han hecho sobre la base del
Programa de Vigilancia Sanitaria de las Piscinas, presentado al sector el
pasado 29 de mayo.
Los aspectos más básicos de las
obligaciones y recomendaciones frente al COVID-19 dirigidas a la ciudadanía se
han plasmado en dos infografías, una
para piscinas y otra en la misma línea para zonas
de baño naturales. Un millar de ejemplares, en formato cartel, se van a
repartir entre las diversas entidades relacionadas con las instalaciones, como
la Federación Navarra de Municipios y Concejos (FNMC), el Colegio de
Administradores de Fincas y la asociación AEDONA de Entidades Deportivas y de
Ocio de Navarra, que agrupa a los 11 clubes deportivos de Pamplona y su
comarca, así como a otras asociaciones del sector.
Además, se invita a cualquier persona
gestora o a quien precise de esta cartelería a solicitarla por correo
electrónico, escribiendo a isp.sanidad.ambiental@navarra.es.
Del mismo modo, los carteles se encuentran a su disposición en formatos
descargables e imprimibles en la web del ISPLN.
Aforo máximo del 75%
Entre las recomendaciones destaca, como
ya se informaba este
viernes, una limitación del aforo del 75%. Igualmente, en las zonas de
estancia de estas instalaciones habrá que establecer una distribución que permita
mantener la distancia de seguridad entre personas (mínimo de 1,5 metros entre
personas que no convivan juntas). En las zonas de baño, actividades… en general
se recomienda, para evitar concentraciones de alta densidad, que los grupos no
superen las 25 personas.
En las piscinas, el ISPLN señala que,
para cumplir con el límite de aforo, deberá implantarse en cada instalación
algún sistema de control, y colocar carteles con las cifras establecidas. Estos
aforos también afectan a las distintas zonas de la instalación: zonas verdes,
vestuarios, vasos… Si no se puede guardar la distancia, es necesario usar
mascarilla.
En caso necesario, para respetar el aforo
establecido, se fijará un sistema de turnos, con un margen de tiempo entre
ellos para evitar que se coincida en las entradas y salidas y se recomienda
establecer turnos y horarios específicos para grupos vulnerables.
Once zonas de baño naturales
Por otro lado, según la normativa
publicada en Navarra para zonas de baño naturales, el ISPLN también ha recogido
las obligaciones y recomendaciones para el uso de los once espacios de esas
características incluidos en el censo del Gobierno de Navarra. En concreto, se
trata de dos zonas del río Urederra (en Zudaire -Améscoa Baja- y Artavia
-Allín/Allin-), la Balsa de la Morea (Beriáin), el río Araxes (en Betelu), el
río Esca (en Burgui/Burgi), río Aragón (en Carcastillo), el Manantial Agua
Salada (en Estella-Lizarra), el Embalse de Alloz (en Lerate (Guesálaz), el
Barranco de la Foz de Benasa (en Navascués), la Balsa el Pulguer (en Tudela) y
el río Uztárroz (en Uztárroz/Uztarroze). En estas zonas se controla de forma
periódica la calidad de estas aguas, a través del Programa de Control que
desarrollan el ISPLN y el Servicio del Agua de Economía Circular del
Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.
Cabe recordar que en estas zonas no hay
seguridad ni personal socorrista o de vigilancia. La ciudadanía puede bañarse
en las zonas del censo oficial y que son controladas, donde existe información
sobre la calidad del agua o en otros puntos (allí donde no esté expresamente
prohibido), pero siempre bajo su responsabilidad.
Con respecto a las recomendaciones
especiales en relación al COVID-19, se han hecho en la línea de la normativa
estatal y de las ya mencionadas obligaciones y recomendaciones para las
piscinas, con la indicación de que los grupos no superen las 25 personas. Así,
es necesario mantener la distancia de seguridad y la etiqueta respiratoria,
establecer un perímetro de seguridad alrededor de los enseres personales, el
uso de los aseos disponibles por una persona (salvo si requiere asistencia) y
el refuerzo de la limpieza de estos baños y del mobiliario de cada zona, entre
otras medidas. Se permite la práctica de actividades deportivas, profesionales
de recreo, de forma individual, con la debida separación y sin contacto físico
entre las personas participantes. En todo caso, las competencias son de las
Entidades Locales.